viernes, 7 de abril de 2017

Consentimiento informado en fisioterapia: esto es lo que debes saber

Consentimiento Informado

Las técnicas de fisioterapia, al igual que cualquier acto sanitario, deben cumplir con una serie de requisitos. En este caso vamos a hablar de los relacionados con la información y consentimiento, actos de crucial importancia y que siempre deben ser tenidos en cuenta.

Si acudimos al fisioterapeuta ¿Qué tipo de explicaciones debe darnos?¿En qué caso es necesario un consentimiento informado? ¿Verbal o por escrito? Respondemos a estas dudas a continuación:

Derecho a la información

El paciente tiene derecho a recibir información sobre su proceso y también sobre las técnicas que se van a realizar. Tiene derecho también, si lo decide él mismo, a no ser informado.

A esto hay que añadir que, siguiendo el código deontológico de su profesión, el personal sanitario debe ofrecer tratamientos que se basen en una eficacia demostrada y que se adapten a las necesidades del paciente.

Por lo tanto, los profesionales sanitarios, respetando la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, deben informar y registrar en la historia del paciente todos estos datos.

En ocasiones la información se da de manera informal, rápida, con prisas... Y esto es un error. La transmisión de información sobre el proceso que afecta al paciente es algo primordial. El profesional sanitario debe asegurarse que da explicaciones adecuadas, y que el paciente comprende la situación y lo que se le ha explicado.

El paciente debe conocer que que el consentimiento informado debe ser algo explícito para que se pueda aplicar cada técnica o exploración. De especial cuidado son aquellas intervenciones en, invasivas, incómodas, en regiones delicadas o que, aunque tengan un efecto terapéutico beneficioso, exista la posibilidad de que aparezcan ciertos efectos secundarios o desagradables. Explica Lesion

Consentimiento informado ¿Verbal o por escrito?

El caso concreto del consentimiento informado aparece en el punto 8 de dicha Ley 41/2002. En ese apartado se establece que, de forma general, el consentimiento se realizará de forma verbal. Eso supone que el profesional explica el prodecimiento, técnica, exploración... Lo justifica y obtiene el consentimiento del paciente.

En caso de que el paciente rechace, se debe buscar otra vía que cuente con su consentimiento. No se puede obligar a que nadie haga algo que no quiere, o que le hace sentir incómodo, aunque sea "por su salud". También se deben informar posibles reacciones adversas, efectos secundarios, etc.

Citando textualmente la Ley: "Sin embargo, se prestará por escrito en los casos siguientes: intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente."

Es decir, que técnicas invasivas de diagnóstico o tratamiento o que pueden suponer aparición de inconvenientes siempre deben informarse también por escrito, previamente a la ejecución. Por ejemplo, en técnicas intensas como EPI, punción seca, electrofitness, manipulaciones y otras técnicas en las que existe posibilidad de reacciones adversas.

También en los procesos diagnósticos y de exploración: debe justificarse la necesidad de que el paciente se desvista, o realizar exploraciones de zonas íntimas (hay ciertas lesiones y técnicas de tratamiento que lo requieren). Hay profesionales que utilizan consentimiento por escrito también para estos casos.

¿Qué debe incluir un consentimiento informado?

A modo de resumen, debería incluir al menos esta información:

  1. Nombre y descripción de la técnica o procedimiento, de manera sencilla, con términos comprensibles dirigidos a población general. No quiere decir que no pueda haber tecnicismos, pero deben estar claramente explicados.
  2. Objetivos del procedimiento. Mejor si incluye bibliografía o referencias.
  3. Beneficios que se espera conseguir.
  4. Riesgos, contraindicaciones, efectos secundarios, posibilidad de alergia (por ejemplo, en caso de punción seca, puede que haya personas alérgicas al material).
  5. Alternativas al procedimiento.
  6. Posibilidad de revocarlo en cualquier momento.

Ejemplo (genérico) de consentimiento informado.

Fuentes |

  1. BOE Ley 41/2002

  2. Colegio de Fisioterapeutas de Andalucía: La importancia del consentimiento informado en Fisioterapia y Preguntas frecuentes.

  3. Fisioenap: consentimiento informado en fisioterapia

Imágenes | MIND AND I y Romaset en Shutterstock (con derechos de autor)

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La noticia Consentimiento informado en fisioterapia: esto es lo que debes saber fue publicada originalmente en Vitónica por Miguel López Pareja .



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