Las técnicas de fisioterapia, al igual que cualquier acto sanitario, deben cumplir con una serie de requisitos. En este caso vamos a hablar de los relacionados con la información y consentimiento, actos de crucial importancia y que siempre deben ser tenidos en cuenta.
Si acudimos al fisioterapeuta ¿Qué tipo de explicaciones debe darnos?¿En qué caso es necesario un consentimiento informado? ¿Verbal o por escrito? Respondemos a estas dudas a continuación:
Derecho a la información
El paciente tiene derecho a recibir información sobre su proceso y también sobre las técnicas que se van a realizar. Tiene derecho también, si lo decide él mismo, a no ser informado.
A esto hay que añadir que, siguiendo el código deontológico de su profesión, el personal sanitario debe ofrecer tratamientos que se basen en una eficacia demostrada y que se adapten a las necesidades del paciente.
Por lo tanto, los profesionales sanitarios, respetando la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, deben informar y registrar en la historia del paciente todos estos datos.
En ocasiones la información se da de manera informal, rápida, con prisas... Y esto es un error. La transmisión de información sobre el proceso que afecta al paciente es algo primordial. El profesional sanitario debe asegurarse que da explicaciones adecuadas, y que el paciente comprende la situación y lo que se le ha explicado.
El paciente debe conocer que que el consentimiento informado debe ser algo explícito para que se pueda aplicar cada técnica o exploración. De especial cuidado son aquellas intervenciones en, invasivas, incómodas, en regiones delicadas o que, aunque tengan un efecto terapéutico beneficioso, exista la posibilidad de que aparezcan ciertos efectos secundarios o desagradables.
Consentimiento informado ¿Verbal o por escrito?
El caso concreto del consentimiento informado aparece en el punto 8 de dicha Ley 41/2002. En ese apartado se establece que, de forma general, el consentimiento se realizará de forma verbal. Eso supone que el profesional explica el prodecimiento, técnica, exploración... Lo justifica y obtiene el consentimiento del paciente.
En caso de que el paciente rechace, se debe buscar otra vía que cuente con su consentimiento. No se puede obligar a que nadie haga algo que no quiere, o que le hace sentir incómodo, aunque sea "por su salud". También se deben informar posibles reacciones adversas, efectos secundarios, etc.
Citando textualmente la Ley: "Sin embargo, se prestará por escrito en los casos siguientes: intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente."
Es decir, que técnicas invasivas de diagnóstico o tratamiento o que pueden suponer aparición de inconvenientes siempre deben informarse también por escrito, previamente a la ejecución. Por ejemplo, en técnicas intensas como EPI, punción seca, electrofitness, manipulaciones y otras técnicas en las que existe posibilidad de reacciones adversas.
También en los procesos diagnósticos y de exploración: debe justificarse la necesidad de que el paciente se desvista, o realizar exploraciones de zonas íntimas (hay ciertas lesiones y técnicas de tratamiento que lo requieren). Hay profesionales que utilizan consentimiento por escrito también para estos casos.
¿Qué debe incluir un consentimiento informado?
A modo de resumen, debería incluir al menos esta información:
- Nombre y descripción de la técnica o procedimiento, de manera sencilla, con términos comprensibles dirigidos a población general. No quiere decir que no pueda haber tecnicismos, pero deben estar claramente explicados.
- Objetivos del procedimiento. Mejor si incluye bibliografía o referencias.
- Beneficios que se espera conseguir.
- Riesgos, contraindicaciones, efectos secundarios, posibilidad de alergia (por ejemplo, en caso de punción seca, puede que haya personas alérgicas al material).
- Alternativas al procedimiento.
- Posibilidad de revocarlo en cualquier momento.
Ejemplo (genérico) de consentimiento informado.
Fuentes |
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BOE Ley 41/2002
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Colegio de Fisioterapeutas de Andalucía: La importancia del consentimiento informado en Fisioterapia y Preguntas frecuentes.
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Fisioenap: consentimiento informado en fisioterapia
Imágenes | MIND AND I y Romaset en Shutterstock (con derechos de autor)
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La noticia Consentimiento informado en fisioterapia: esto es lo que debes saber fue publicada originalmente en Vitónica por Miguel López Pareja .
via Vitónica https://www.vitonica.com/fisioterapia/consentimiento-informado-en-fisioterapia-esto-es-lo-que-debes-saber
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